La adquisición de un inmueble es una de las operaciones patrimoniales más importantes en la vida de muchas personas. Paradójicamente, es también, donde pueden llegar a cometerse más errores, los cuales ocurren por diversas causas, pero una de las más importantes es el desconocimiento.
A continuación, se analizan los errores más comunes en la celebración de operaciones inmobiliarias, los cuales son ejemplificativos, no son los únicos, por lo que es importante siempre acercarse a un notario para una debida asesoría.
Pretender llevar a cabo una operación de esta naturaleza sin ningún tipo de asesoramiento y entregar anticipos importantes o el precio completo a la par de la firma de contratos privados, mal elaborados o basados en formatos generales, que no se adaptan a la necesidad de la operación en concreto, constituyen el primer error.
Siempre es importante revisar los documentos con los que el enajenante acredita su legitimación y no entregar cantidades de dinero, sino hasta tener plena convicción sobre la fiabilidad del asunto. El error: "Ya di el enganche con un contrato machote". Ese documento no es oponible a terceros. Insistimos en elevar la operación a escritura pública en cuanto hay acuerdo de voluntades y pago parcial del precio. La fecha cierta y la inscripción en el Registro Público blindan al comprador. El contrato privado solo obliga entre partes; la escritura protege frente a todo el mundo.
Todo esto lo verifica el notario. Solicitamos certificado de libertad de gravámenes actualizado, revisamos el folio real electrónico y rastreamos cadena de transmisiones y si aparece una anotación preventiva, se suspende la firma hasta aclararla.
Con relación al régimen patrimonial en los matrimonios, un error común es que venda una persona casada por sociedad conyugal, sin que firme el cónyuge. Por ello, los notarios pedimos siempre el acta de matrimonio y así verificamos el régimen. Si hay sociedad conyugal, deben firmar ambos, aunque el inmueble esté solo a nombre de uno.
Un error más puede darse al pretender firmar contratos con poderes. Es importante revisar las facultades, los alcances, la vigencia. La función del notario inicia con el estudio de antecedentes y de los instrumentos que se presentan para la operación y, en el caso de los poderes, analizamos las facultades y que no estén revocados.
Desde la notaría aplicamos una metodología: estudiar, alertar, corregir y solo entonces autorizar. Pedimos documentos con tiempo, explicamos los riesgos. La seguridad jurídica no es un trámite, es la certeza de que lo que se pretende adquirir; además calculamos y retenemos los impuestos.
Además, los notarios conservamos los instrumentos en el protocolo a nuestro cargo, los reproducimos y damos fe de ellos, lo que se traduce en un principio de matricidad y esto, a su vez, en certeza jurídica.
*Notario 59 de la Ciudad de México

