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Si estás interesado en comprar un inmueble, es importante tomar todas las precauciones necesarias para garantizar que los procesos sean seguros, considerando que toma varias semanas o meses encontrar la propiedad correcta.

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En México, la compraventa de vivienda se ha elevado considerablemente, en enero tuvo un crecimiento de 37% en el número de viviendas registradas en comparación con el mismo periodo de 2022, según datos del Registro Único de la Vivienda (RUV).

Y de enero a marzo de este año, se desplazaron 6 mil viviendas nuevas tan solo en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México (CDMX), 20% más que el año pasado, reportó Tinsa.

 

Como las tasas de interés de los créditos hipotecarios siguen siendo atractivas, todavía ofrecen buenas condiciones para los potenciales compradores de casas.

 

“Ha sido complejo el periodo postpandemia, la guerra, la inflación y todo el contexto macroeconómico, pero quienes buscan invertir sus ahorros en un activo que les brinde seguridad, tienen una buena oportunidad por aprovechar en los bienes raíces”, aseguró Karim Goudiaby, CEO de Neximo.

Sin embargo, quienes estén interesados en comprar un inmueble no deben perder de vista valiosos aspectos legales relacionados con la compraventa inmobiliaria, recomendó el directivo, con el fin de cuidar al máximo su inversión.

“Toma varias semanas o incluso meses encontrar la propiedad correcta, por lo que es vital tomar todas las precauciones necesarias para garantizar que los procesos sean seguros. Lo último que quieres es lidiar con problemas legales relacionados con tu nueva casa”, agregó.

Por ello, la inmobiliaria digital y Ernesto Meana, CEO de Meana Abogados, detallaron 5 aspectos que, como comprador de una casa o departamento, debes preguntar antes de dar un anticipo o firmar cualquier documento.

  1. El propietario, ¿está al día con los pagos?

No solo se requiere el contrato de compraventa, sino también la identificación oficial del vendedor; las boletas prediales; el pago de derechos de agua mínimo de cinco años atrás a la fecha. En caso de que el inmueble esté en un régimen de propiedad en condominio, este debe estar al corriente en el pago de las cuotas de mantenimiento ordinarias y extraordinarias. En ese sentido, el administrador deberá certificar el pago total, que el dueño no debe intereses moratorios o penalizaciones.

 

  1. El dueño del inmueble tiene que acreditar su estado civil.

Quien vende está obligado a acreditar su estado civil, ya que, si estuviera casado por régimen de sociedad conyugal, el esposo o esposa tendrá que concurrir al acto jurídico. Si el vendedor es persona moral, necesita acreditar que quien vende sea el representante legal de la persona moral con un poder notarial y facultades suficientes, dichas facultades tienen que incluir actos de dominio, no solo de administración.

 

  1. Saber si la propiedad está arrendada.

También hay que tener la claridad de que la propiedad esté desocupada, que no esté arrendada o si lo está, debe señalarse en el contrato, así como sus implicaciones, sobre todo en términos de responsabilidad. Hay que ser muy precavidos ya sea que el inmueble se venda vacío o con equipamiento, el inventario se tiene que señalar expresamente y especificar si dichos bienes también forman parte del precio o si vienen por separado.

 

  1. ¿El inmueble está o no hipotecado?

Una casa o un departamento que todavía están sujetos a un crédito hipotecario pueden ser vendido. De hecho, el adeudo puede ser cubierto con el anticipo de la venta. Cuando este sea el caso, los detalles se deben establecer en el contrato. Es muy importante que el vendedor y el comprador lo pongan en contexto para que no haya sorpresas después.

 

  1. ¿Cuál es el origen de los recursos económicos implicados en la operación?

Hasta donde sea posible, hay que averiguar el origen de los fondos con los que el vendedor compró la casa y con los que el comprador pretende adquirirla. Podría descubrirse más adelante que los recursos fueron de procedencia ilícita o de algún otro origen previsto en el Artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que pudieran estar relacionados con la Ley nacional de extinción de dominio.

 

Esta ley contempla varias conductas que pueden ser tipificadas como delitos y que, en dado caso, podrían llevar a un conflicto legal o incluso a la incautación del inmueble.

 

Además, el también especialista de la Clínica legal inmobiliaria del programa Inversiones Inmobiliarias, recomendó a los compradores de vivienda acercarse a especialistas que les ayuden a evitar problemas desde el inicio. “Escojan un buen abogado corporativo, pero sobre todo un abogado inmobiliario que conozca la ley, y todas las herramientas que existen para evitarse problemas. Es preferible tener a un abogado preventivo y no uno correctivo”, resaltó Ernesto Meana.

Por último, Goudiaby añadió que el especialista en la materia debe contar con certificaciones y títulos que acrediten su experiencia y conocimiento, ya que eso puede incrementar la seguridad en las transacciones y proteger legalmente tanto a compradores como a vendedores.