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Hablar de identidad es hablar del conjunto de rasgos propios de un individuo o de una colectividad de rasgos que nos caracterizan frente a los demás.

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La identidad es también una institución que permite distinguir a una persona de otra y un elemento del derecho que permite establecer con precisión y certeza que una persona es esa y no otra. Sin embargo, la importancia de la identidad radica en la validación de algunos atributos para demostrar que somos quienes afirmamos ser.  

La identidad de las personas y los métodos para demostrarla o confirmarla ante otros individuos, empresas o entidades gubernamentales, son un pilar para el establecimiento de confianza y seguridad en diversos ámbitos.

La identidad se construye a través de un conjunto de atributos entre los que destacan: Nombre(s), apellidos, lugar y fecha de nacimiento, altura, biometría, y los rasgos acumulados en el tiempo (expedientes médicos, preferencias, comportamientos, entre otros) y datos asignados por entes públicos y/o privados (teléfono, correo electrónico, número de seguridad social, RFC, CURP o número de pasaporte).

La prueba de identidad, misma que consiste en probar que una persona es quien dice ser, se denomina identificación.

Etimológicamente, la palabra “identificación” deriva del verbo latino “identificare”, vocablo integrado por los también latinos “identitas” y “facere” (“identitatem facere”), que significa comprobar, hacer patente la identidad de alguien o algo. De ahí que la identificación se refiere a la demostración y la materialización de todas las características de la identidad.

Al derecho le interesa poder identificar a la persona para atribuirle derechos y deberes. Mientras que al Estado le interesa registrar, verificar y certificar la identidad de una persona a través de la identificación, en virtud de que genera:

1.- Control. Controlar a los individuos que viven en su territorio. Y este control se realiza para que los individuos vivan en armonía y paz.

2.- Certeza. El Estado debe verificar, registrar y certificar la identidad.

3.- Publicidad. Para darle publicidad para que todos puedan identificarse.

En términos legales, la identidad implica el reconocimiento del Estado de la existencia de las personas. Es decir, la identidad legal otorga ciudadanía, siendo por ello un derecho que habilita otros derechos.

En México, en 2014 se reformó el Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para reconocer el derecho a la identidad y al registro desde el nacimiento. Cabe señalar que la importancia de la existencia de estos registros de nacimiento radica en su función, que permite poder confirmar a terceros nuestra identidad.

En este sentido, el delito de usurpación de identidad únicamente es regulado por el Código Penal de cada uno de los Estados, es decir, es un delito de tipo local o del fuero común, siendo las autoridades competentes para perseguir este delito, las autoridades de cada una de las entidades federativas. Si bien ha habido algunos intentos para que se incluya este delito en el código penal federal, esto aún no se ha logrado.

Ahora bien, la usurpación de identidad es un delito que tiene lugar cuando una persona utiliza la información de identificación personal, como nombre, número de seguridad social o número de la tarjeta de crédito de otra persona sin permiso, para cometer fraude u otros delitos.

Los usurpadores de identidad, o también llamados ladrones de identidades, utilizan la información personal de otra persona por muchas razones entre las que se contemplan hacer compras con su tarjeta de crédito o vender un inmueble o abrir cuentas a su nombre.

A menudo las víctimas se enteran de que otra persona está usando su identidad cuando ya es demasiado tarde (como cuando reciben la llamada de un cobrador de deudas o cuando descubren cuentas no autorizadas en su reporte crediticio).

Para entender cómo sucede el delito de usurpación de identidad, es importante también entender cuáles son los problemas que se presentan al momento de la identificación:

1.- La simulación. Encubrimiento por una persona que oculta su identidad y se atribuye otra ajena, unas veces con fines lícitos y otra no. El primero cuando un actor simula ser otra persona en una película. En el segundo son ilícitos cuando falsifica pasaporte usurpando identificación ajena. Se hace notar cuando simula lícitamente se utiliza identificación ficticia.

2.- La disimulación. También llamada ocultamiento. Puede ser lícito o ilícito pero no se atribuye identificación ajena ni ficticia sino altera su imagen facial con maquillaje o cirugía facial plástica.

3.- La atribución indebida de una identidad por un tercero. Acto de buena o mala fe por el cual se atribuye una identificación que no corresponde a la persona a la cual nos referimos.

Los notarios (que no estamos exentos de ser víctimas de este delito), a manera de prevención, hemos celebrado con el Instituto Nacional Electoral (INE) un convenio para poder utilizar aparatos biométricos que se intercomuniquen con la base de datos del propio Instituto, y poder verificar la autenticidad de los datos que presentan los usuarios, como es la credencial para votar, con lo cual podemos cerciorarnos fehacientemente de la identidad de la persona.  

Cada vez resulta más importante tomar en cuenta la importancia que tiene la protección de nuestra identidad y seguir sumando mecanismos y herramientas que permitan prevenir ilícitos. Hoy en día realizamos ya muchas actividades que requieren comprobar nuestra identidad ante empresas o entidades gubernamentales.

Desde mostrar nuestras identificaciones y comprobantes de domicilio, corroborar que tenemos acceso y control sobre un correo electrónico, número telefónico o dispositivo digital, usar contraseñas, hasta utilizar nuestras huellas dactilares.

En este sentido, el convenio de apoyo y colaboración celebrado ente el Instituto Nacional Electoral y el Colegio Nacional del Notariado Mexicano, A.C. concluyó con el desarrollo y conexión de la plataforma correspondiente por la cual los notarios que así lo decidan, pueden verificar la autenticidad de la credencial para votar expedida por este Instituto, así como los datos biométricos asociados a ella (huellas dactilares), para ejercer de manera más confiable nuestra función, situación que también beneficia al usuario quien puede estar seguro que sus datos e identidad se resguardan de manera segura al momento de realizar operaciones.

 *El autor es Notario 29 de la Ciudad de México.

https://colegiodenotarios.org.mx/