Después de meses complicados por la pandemia derivada del COVID-19, algunas de las disposiciones que implementó el gobierno colombiano en materia de arrendamiento y propiedad horizontal, concluyeron el 30 de junio, por lo que quienes viven en inmuebles rentados y en propiedad horizontal deben retomar sus obligaciones y compromisos de pago con los propietarios de los inmuebles y las administraciones de los conjuntos.
Carlos Felipe Reyes, director del Sistema Habitacional del Ministerio de Vivienda del país, recordó que entre las normas que el Decreto 579 del 2020 en materia de vivienda incluía, estaban la prohibición de los desalojos, el cobro por intereses de mora por el impago en cánones de arrendamiento o el congelamiento de los incrementos de los cánones o de los gastos de administración en propiedad horizontal.
Y a pesar de que estas normas se retomaron a partir del 1 de julio, deben seguir operando bajo ciertas condiciones; por ejemplo, los procesos de desalojo solo podrán realizarse bajo una orden judicial y no por la fuerza. Asimismo, ante las dificultades que se han presentado en el pago de arrendamientos, desde la dependencia se promueve la consecución de acuerdos entre arrendadores y arrendatarios para sobrellevar la emergencia.
De igual manera, el funcionario añadió que las asambleas pueden continuar de manera virtual de acuerdo al marco normativo vigente, con el fin de seguir cumpliendo con el distanciamiento y la seguridad ante la propagación del nuevo Coronavirus.
/Con información de EL TIEMPO./