A horas de la madrugada, se habían eliminado dos párrafos del numeral 8, inciso “C”, del artículo 21, que establecía en la Constitución la obligación de los desarrolladores a mitigar los impactos urbanos causados por sus construcciones, así como el señalamiento de que los propietarios de terrenos podrían adquirir derechos de edificaciones adicionales.
En la votación, hubo 40 sufragios a favor de mantener el numeral, tres abstenciones, y 39 votos en contra, por lo que al no alcanzar la mayoría, se eliminó.
El párrafo suprimido afirmaba que “Los desarrollos inmobiliarios de la Ciudad estarán obligados a la compensación y mitigación de impactos urbanos y ambientales y a contribuir a mejorar el equipamiento, infraestructura, y espacio público de la ciudad, especialmente en sus zonas de influencia, la ley establecerá los mecanismos adminisrativos, regulatorios y fiscales para ello, bajo un esquema de transparencia, rendición de cuentas, y escrutinio público”.
Por su parte, Milenio, en una nota fechada a las 09:23, afirmaba que los diputados constituyentes habían eliminado seis temas de 26, que tenían pendiente discutir.
“Durante la penúltima sesión de la Asamblea Constituyente y a unas horas para que venza el plazo para entregar la nueva carta magna para la capital, los legisladores eliminaron varias propuestas, entre las que también se detallaba la eliminación para hacer obligatorio que las inmobiliarias (constructoras) realicen obras de mitigación en su zona de construcción”.
La nota también decía que se excluyó que los desarrollos inmobiliarios (sic) estarían obligados a la compensación y mitigación de impactos urbanos, ambientales, así como a contribuir a mejorar el equipamiento, infraestructura y espacio público de la ciudad, especialmente en su zona de influencia.
Se prevé que en el transcurso, se discutirían temas de especulación de inmuebles, determinación de impuestos a la propiedad inmobiliaria, y mecanismos para prevenir la exclusión y expulsión de residentes.