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La investigación es la búsqueda de respuestas, es una actividad cotidiana que, sin notarlo, hacemos de forma estructurada. Recabamos información a través de nuestros sentidos, la organizamos y analizamos para generar un nuevo conocimiento o incrementar nuestra comprensión.

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"Cuando hayas descartado lo imposible, lo que quede, aunque sea improbable, deber ser la verdad”.
(El signo de los cuatro, Sir Arthur Conan Doyle, 1890)

 

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Los organismos internacionales, gobiernos y autoridades establecen múltiples regulaciones en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, los cuales se materializan en las Áreas de Cumplimiento (Compliance); éstas se convierten en las responsables de que las instituciones no enfrenten multas, sanciones o daños reputacionales.

En tiempos recientes, la regulación mexicana se ha enfocado en fortalecer la figura del Oficial del Cumplimiento y prevé que estos estén certificados en la materia, avalando así un conocimiento básico para prevenir el lavado de dinero.

Conforme al Listado de los Sujetos Obligados al régimen de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, publicado en julio por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), en lo que se refiere a Banca de Desarrollo, Banca Múltiple y Casas de Bolsa, solo cinco entidades no cuentan con un Oficial de Cumplimiento certificado.

Si bien la certificación blinda el conocimiento y entendimiento de aspectos regulatorios, los equipos de Compliance deben también fortalecer y capacitar al personal destinado a la investigación de operaciones inusuales.

Durante 2020, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), recibió un total de 376 mil 375 Reportes de Operación Inusual, los cuales comprenden operaciones, actividades y/o conductas que no corresponden a los antecedentes o actividades conocidas de los clientes.

UIF - Recepción de Reportes de Operaciones Inusuales:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/681904/Informe_Septiembre_2021.pdf

En instituciones financieras, el monitoreo transaccional es la actividad principal para la identificación de operaciones inusuales, y por ende es la primera fuente de información para un equipo de investigación. Por ello, los escenarios de monitoreo deben ser diseñados, evaluados y calibrados considerando al menos el nivel de riesgo de los clientes, la actividad económica que realizan y elementos de variación en el número y monto de las operaciones, la frecuencia de la mismas, las jurisdicciones involucradas y la geolocalización; este último, es un elemento nuevo en la regulación mexicana que busca la obtención de las coordenadas geográficas en las que se encuentra un dispositivo electrónico a través de cual se puedan realizar operaciones.

La información que derive de los sistemas de monitoreo debe ser recibida por investigadores que:

  1. Conocen la institución, sus políticas y procesos.
  2. Entienden los productos y servicios que se ofrecen.
  3. Tienen un sólido conocimiento de las bases teóricas del lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
  4. Están capacitados en tipologías recientes.
  5. Tienen un conocimiento del contexto geopolítico actual.

Como medida adicional para el fortalecimiento de las áreas de investigación y monitoreo, las instituciones financieras han creado unidades de inteligencia en las cuales el objetivo es la identificación de tipologías y coadyuvar en la prevención y detección de operaciones inusuales.

La inteligencia agrupa los resultados obtenidos a través de los procesos de investigación, y los transforma en un producto para fundamentar la toma de decisiones.

 

La Unidad de Inteligencia Financiera atiende a los Reportes de Operación Inusual; en 2020 recibió 376 mil 375.

 

No contar con un equipo especializado y capacitado en investigación puede tener un impacto monetario y reputacional; la sanción administrativa por no reportar una operación inusual puede equivaler entre el 10% y 100% del monto de la transacción.  Recientemente, la CNBV emitió 48 sanciones al sector bancario por fallas en sus procesos de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

Las instituciones financieras pueden tener un Oficial de Cumplimiento certificado y un Manual de Prevención de Lavado de Dinero perfectamente detallado y estructurado; pero, si las personas que están encargadas de la línea de investigación no están preparadas adecuadamente, los objetivos de prevención no serán alcanzados y podrían ser sujetas a revisiones y sanciones por parte de los reguladores.  

 

*El autor cuenta con más de diez años de experiencia en investigación de crímenes financieros; ha tenido la oportunidad de participar en firmas de Consultoría e Instituciones Financieras donde participó en colaboraciones internacionales en Estados Unidos y Sudamérica.

Actualmente se desempeña como Asociado Senior en J.P. Morgan México; es Licenciando en Fianzas por la Escuela Bancaria y Comercial, y Especialista en Prevención de Lavado y Financiamiento al Terrorismo por la Asociación de Especialistas Certificados en Lucha contra el Lavado de Dinero (ACAMS).

 


Texto:Antonio Sánchez Peña

Foto: JP. MORGAN