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La Secretaría de Hacienda exigirá a individuos que vendan inmuebles la emisión de una factura electrónica que avale dicha operación a través del Servicio de Administración Tributaria.

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Ante ello, el notario que lleve a cabo la operación de compra venta, deberá realizar la factura a nombre de la persona que traspase el inmueble como complemento de pago fiscal, así como retener el ISR de la operación y en caso necesario, el IVA, así lo informó Germán Herberto Pancardo Durán, administrador de Gestión de Servicios y Trámites con Medios Electrónicos del SAT.

Por su parte, el presidente del Instituto de Contadores en Servicios Digitales (Incosedi), Hector Nava Ramos, aclaró que las facturas de operaciones inmobiliarias permitirán a Hacienda detectar alguna discrepancia fiscal entre ingresos y compras de un contribuyente.

"Si una persona gana 1,000 pesos diarios y gasta 2,000 o tiene bienes que valen millones, habría una discrepancia a investigar por parte del fisco y que sería rastreable a través de estos comprobantes fiscales en operaciones inmobiliarias”, destacó.

Como se recordará, la cesión de escrituras ante el notario público era uno de los puntos más relevantes de una compra-venta.

La medida también ayudará a la autoridad a detectar operaciones ilícitas conforme a la Ley de Prevención Antilavado. Señaló que este requisito aplicará a operaciones inmobiliarias que se realicen con cualquier propiedad sujeta a compra-venta desde 2014, cuando entró en vigor el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Hay casos de excepción en el pago del impuesto, cuando se trate de operaciones producto de una herencia o si por acuerdo de las partes el vendedor expedirá la factura al comprador, lo que deberá quedar explícito en la factura.