Ante los riesgos de transparencia y rendición de cuentas que existen actualmente en la obra pública realizada con esa figura de financiamiento, El think tank Ethos, Laboratorio de Políticas Públicas, realizó nueve recomendaciones para solucionar esta problemática.
Mediante su estudio Transparencia y rendición de cuentas de las Asociaciones Público-Privadas (APP): "recomendaciones de política pública", Ethos asegura que contar con un plan maestros de Asociaciones Público Privadas (APP), crear una agencia especializada en la materia y también un repositorio único de proyectos bajo ese esquema, ayudará en la rendición de cuentas de la obra pública, donde identificó "problemáticas y riesgos" en la forma en que los proyectos de este tipo se llevan a cabo en el país.
Asimismo, considera que las APP pueden ser grandes instrumentos para la construcción de infraestructura y servicios públicos de calidad.
El reporte presentado por este laboratorio de políticas públicas es un "análisis de las etapas de planeación, aprobación y contratación de las APP en el país", donde se proponen una serie de acciones que ayudarán a garantizar "la máxima transparencia e integrar la obligación de la rendición de cuentas para todos los proyectos".
A continuación las 9 propuestas que integran el estudio:
1. El país necesita más y mejores APP, pero para ello debe contar con un Plan Maestro que priorice todas las obras que se desean ejecutar, tanto a nivel nacional como subnacional y con un horizonte a largo de plazo de 15 años y con transparencia.
2. Crear un Fondo General de APP, que incluya un subfondo de apoyo a la estructuración de proyectos y un fondo de garantías de proyectos.
3. Crear una agencia especializada que mejora la gestión y transparencia de los procesos, y brinde apoyo técnico a los entes públicos contratantes.
4. Diseñar un repositorio único de obras, que concentre toda la información de todos los proyectos aprobados -en términos legislativo y administrativo- en las fases de previnversión, contratación, ejecución y operación. También el informe recomienda modificar la Ley de APP al incluir la obligación de transparentar los contratos.
5. Existen tres procesos diferentes para autorizar proyectos de este tipo según la fuente de financiamiento. Para los casos en que los recursos son extrapresupuestarios (por ejemplo, del Fonadin) y son autofinanciables, la ley no obliga a sus promotores a rendir cuentas. Por ello, se plantea cambiar la regulación de las APP para que cualquier ente público que apruebe proyectos o haga modificaciones a los ya existentes, estén obligados a transparentar expedientes técnicos y dictámentes de viabilidad.
6. Cambiar la Ley de APP para que obligue a entes públicos promotores de proyectos autofinanciables -que no requieren la aprobación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)- a transparentar los expedientes técnicos y dictámenes de viabilidad.
7. El protocolo de contrataciones obliga a la Secretaría de la Función Pública (SFP) a videograbar las contrataciones de APP; no obstante, el análisis de Ethos muestra que la regulación de dicha dependencia tiene graves limitaciones que derivan en que pocos proceso sean videobrabados. En ese sentido se recomienda modificar el Protocolo de Contrataciones Públicas de la SFP para que subsane los errores.
Más información: 7 retos de las APP para mejorar la infraestructura en América Latina
8. Existe desde 2016 la modalidad de contratación acelerada de APP, donde se firma el contrato antes de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación por parte de la Cámara de Diputados. "Esto puede violar el principio de división de poderes, si la firma previa a la aprobación legislativa genera compromisos plurianuales. Por ello debe ajustarse la Ley de APP en su artículo 23 para aclarar que los contratos acelerados no crearán esos compromisos.
9. Las APP son pasivos contingentes que generan un riesgo para las finanzas públicas, pero en México no hay mecanismos para contabilizar y transparentar el monto de esos pasivos. Para ello se sugiere modificar la Ley de APP y la Ley General de Contabilidad Gubernamental para que la SHCP cuente con una metodología para el cálculo de los pasivos contingentes de las APP y también pueda generar un informe anual sobre pasivos contingentes de las APP y crear y gestionar un registro único contable de obras.