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El Consejo Técnico del instituto, dispuso que los patrones deberán cubrir un importe inicial del 20% de la cuota patronal y el 100 de la obrera.

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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), permitirá que los patrones puedan diferir el pago de las cuotas obrero-patronales, para pagarlas hasta en 48 meses una vez que termine la contingencia por el COVID-19 y sin necesidad de dejar garantías. El Consejo Técnico del instituto -conformado por patrones, trabajadores y gobierno- dispuso que los patrones deberán cubrir un importe inicial del 20% de la cuota patronal y el 100 de la obrera.

"El monto convenido en pago a parcialidades no sufre ninguna modificación y al ser un pago recibido fuera de los plazos legales, genera actualización y recargos”; refirió el instituto en un comunicado. Y aclaró que el beneficio de suscribir este convenio es que la tasa de interés por plazo mensual oscila entre 1.26 y 1.82%, en función del plazo elegido -12, 24 y más de 24 meses- desde el momento de su formalización.

Para la suscripción del citado convenio no se requerirá ningún tipo de garantías y de cubrir oportunamente los compromisos convenidos, las multas pueden ser disminuidas; según el acuerdo del consejo número ACDO. AS2. HCT.300419/150.P.DIR, del 30 de abril de 2019; indicó el IMSS.

Y si se cubren oportunamente los compromisos convenidos, las multas pueden ser disminuidas, de acuerdo a lo previsto en el acuerdo 187/2003, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio del 2003. Asimismo, el artículo 31 de la Ley del Seguro Social prevé un descuento de hasta siete días por ausentismos del trabajador. Durante estos días se pagará la cuota que corresponde al seguro de enfermedades y maternidad.

Debido a la declaratoria de emergencia, se definieron como días inhábiles para las actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, el periodo entre el 31 de marzo de 2020 y la fecha en que el consejo determine.