Publica SHCP acuerdo sobre manejo de información para las Sofom
La Secretaría de Hacienda emitió un acuerdo en el que se establece la forma en que las Sofom, deberán mantener en sus archivos la autorización relacionada con la ley para regular las sociedades de información crediticia
- Por Real Estate Market
- Detalles
- Categoría: Crédito
100
27
Por Notimex
CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Hacienda emitió un acuerdo en el que se establece la forma en que las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofom) Entidades No Reguladas (ENR) deberán mantener en sus archivos la autorización relacionada con la ley para regular las sociedades de información crediticia.
Este acuerdo estipula que las Sofom ENR deberán mantener en sus archivos la autorización expresa de un cliente, mediante firma autógrafa, de forma impresa y durante 24 meses contados a partir de la fecha en que haya realizado una consulta sobre su comportamiento crediticio.
Según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), una vez transcurrido el plazo podrán destruir las mencionadas autorizaciones, mediante incineración o por cualquier otro proceso que asegure su destrucción.
Dichas autorizaciones se mantendrán en el archivo electrónico al menos por un periodo igual de tiempo o la duración de la relación contractual correspondiente, para lo cual las Sofom deberán utilizar software y hardware que permita la consulta de dichos discos o medios.
El acuerdo explica que cada expediente deberá estar certificado por el funcionario nombrado por las Sofom ENR respecto a la información grabada, que consistirá de un índice de documentos que indique lugar de almacenamiento, tamaño, fecha y hora de creación.
Este índice deberá tener como encabezado el nombre de la institución, del operador, del funcionario que verificó la preparación de la documentación, así como lugar y fecha del expediente y se conservará un ejemplar del expediente grabado por separado de aquel que se use para la consulta.
Este acuerdo entrará en vigor a los 60 días de su publicación en el DOF.